Estrategia de gestión territorial político-administrativa

Las entidades territoriales Actualmente las figuras de Tierras Comunitarias de Origen (TCO) establecida en la Constitución Política del Estado y de Distrito Municipal, no permiten una gestión autónoma del territorio indígena pues las TCOs no cuentan con normativas y el Distrito está sometido al Ejecutivo Municipal (el Alcalde) que se encuentra en los pueblos (centro tradicional de grupos de poder ajenos y reacios a la realidad indígena y sus demandas).

La Ley de Municipalidades por su parte, sujeta al Subalcalde (autoridad del Distrito) a las decisiones del Alcalde, haciendo del primero, un empleado del segundo.

Por otra parte, la aprobación de solicitudes y proyectos, planes y programas presentados por las organizaciones indígenas al Municipio queda en manos del ejecutivo municipal y del Concejo Municipal.

De esta manera, por ejemplo, se explica el hecho de que, en más de 6 años de aplicación de la Ley de Participación Popular (LPP), el Distrito Indígena de Raqaypampa siga en las mismas condiciones de abandono, a pesar de poseer un Plan de Desarrollo Distrital Indígena.

Por estas consideraciones, la gestión territorial pasa por garantizar una cuota de autonomía que permita efectivamente a las organizaciones indígenas ejecutar planes integrales de desarrollo territorial que cuenten con el pleno respaldo del reconocimiento estatal y municipal y, por otro lado, desarrollar la gestión territorial a partir de mecanismos de control social legítimos y naturales que funcionan con gran eficiencia, como son las propias entidades indígenas, basadas en usos y costumbres.

Lo educativo

El contexto en el que se prevé se desarrollarán las acciones estatales en torno a lo educativo, estará marcado por dos tipos de tendencias importantes. Por un lado, la posibilidad de suscripción del ALCA donde, entre otros aspectos, se apunta a la privatización de servicios (sobre todo educación, salud y agua) y, por otro, la Ley del Diálogo y el programa de Alivio de la Deuda Externa que, en el mejor de los casos, incluye la participación municipal en la administración de los recursos destinados a la educación o, en el peor, la directa municipalización de la misma.

Del lado de las comunidades campesinas, hay que considerar la presencia de las instancias educativas en dos ámbitos: Primero, la educación propia de la comunidad que permite la reproducción sociocultural de la misma y que se encuentra garantizada en tanto estén asegurados, mediante la defensa territorial, los propios mecanismos de auto-reproducción sociocultural comunitaria; y segundo, los espacios educativos de "fuera", donde se ubica, en primer lugar, la escuela, pero también otros espacios-instituciones de capacitación y desarrollo.

En términos de planificación institucional, es este segundo espacio el que nos interesa en relación a que su hegemonía y práctica no destruya el primero.

En este punto es necesario rescatar los avances que se tienen de construcción desde las mismas comunidades impulsados por sus organizaciones de un currículo que prioriza lo interno sin perder de vista su relación con los espacios impulsados de afuera De tal manera que la gestión territorial educativa se ubica en el ejercicio de control y manejo de territorio comunal mediante el apoyo al fortalecimiento de las organizaciones locales y los Consejos-Juntas de educación.

Objetivo estratégico

Las comunidades indígenas y campesinas originarias se gobiernan a sí mismas ejerciendo jurisdicción en sus territorios con autonomía reconocida por el Estado y la sociedad.

 

Instrumentos que Cenda pone en marcha para la ejecución de los programas

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