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Editorial

Conosur Ñawpaqman, Marzo 2006

Ley de Convocatoria a la Asamblea Constituyente y de Referéndum autonómico: un peligroso antecedente, un retroceso frente a las exigencias del Comité Civico de Santa Cruz

Todo el enorme sacrificio realizado desde la guerra del agua, las movilizaciones de febrero y octubre de 2003 y las de mayo-junio 2005 parece haberse ido al agua, tras la aprobación de la ley de Convocatoria de la Asamblea Constituyente y la de realización de un Referéndum autonómico vinculante el sábado 4 de marzo pasado, tras una apresurada discusión.

Artículo 3º (Asamblea Constituyente) Se denomina Asamblea Constituyente a la reunión de los representantes constituyentes elegidos mediante voto universal, directo y secreto. Es independiente y ejerce la soberanía del pueblo. No depende ni está sometida a los poderes constituidos y tiene como única finalidad la reforma total de la Constitución Polìtica del Estado. La Asamblea Constituyente no interferirá el trabajo de los poderes constituidos, los que seguirán ejerciendo sus funciones constitucionales de manera sostenida.

El Parlamento echa tierra a la lucha de muchos años de las organizaciones indígenas.

Los encargados de negociar la ley de Convocatoria de Asamblea Constituyente en el Parlamento con los representantes de la derecha, cedieron ante casi todas las exigencias de la derecha y del Comité Cívico de Santa Cruz. En primer lugar, aceptaron la pregunta para el referéndum de manera casi textual tal cual la proponía el Comité Cívico. Es decir, que si el referéndum gana solamente en Santa Cruz y aunque pierda en todos los demás departamentos, igual el gobierno autónomo departamental va a tener el control de los recursos naturales de los pueblos indígenas, porque ese referéndum será vinculante para la Asamblea Constituyente en relación a dar autonomía a aquellos departamentos donde gane el si a la autonomía.

Artículo 2º (Carácter vinculante) de la ley de Referéndum El presente Referéndum, como manifestación directa de la soberanía y voluntad popular, tendrá Mandato Vinculante para los miembros de la Asamblea Constituyente, aquellos departamentos que, a través del presente Referéndum, lo aprobaran por simple mayoría de votos accederán al régimen de autonomías departamentales inmediatamente después de la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado.

La Asamblea Constituyente quedó subordinada al Referendum

El artículo 2º mencionado, aprobado en la ley de referéndum, significa que la Asamblea Constituyente no es soberana, porque deberá acatar las decisiones que tome un solo departamento. Aunque la mayoría de todo el pueblo boliviano rechace la autonomía cruceña, según la ley, la Asamblea está obligada a acatar el resultado de lo que decida la votación cruceña. Así lo establece también la ley de Convocatoria de la Constituyente.

Los cruceños decidirán por todo el país?

El Parlamento ha aceptado que lo que decida Santa Cruz, debe ser acatado por todo el país, aunque la mayoría del pueblo vote en contra. La Constituyente ya no es soberana, y no sólo porque debe acatar lo que decidan los cruceños en el referéndum, sino porque no puede afectar el funcionamiento de los otros poderes del estado.

La Asamblea Constituyente no es fundacional

La Constituyente ahora ya NO es incluyente ni fundacional. Solo podrán participar en la Constituyente los partidos políticos que tuvieran personería pasadas las elecciones nacionales últimas. Se ha rechazado la inclusión de los pueblos indígenas y originarios, cuando la demanda para una Asamblea Constituyente es de los pueblos originarios de Bolivia. Bolivia fue fundada por unos pocos criollos con exclusión de los pueblos originarios.

La Asamblea Constituyente no podrá cambiar esa situación. El propio vicepresidente admite que la Asamblea cambiará un 10% de la actual Constitución. Los pueblos y organizaciones indígenas estarán representados solamente por los partidos políticos que se aseguran el monopolio de la representación. El plazo para inscribir nuevos partidos vence el 2 de abril y se deben presentar el 2% de firmas de todo un departamento si un pueblo indígena quiere participar en su propia circunscripción! Si un pueblo indígena quiere participar en su propia circunscripción debe tramitar su personería en la Corte Electoral y para ello, en el caso de Cochabamba, juntar más de 10.000 firmas en sólo dos semanas

Se ha desconocido el mandato del pueblo.

Ese mandato, para una Asamblea Soberana, Fundacional e Incluyente, ha emanado claramente de las últimas elecciones. En las elecciones el MAS presentó un proyecto de ley donde se incluían los 26 representantes indígenas y originarios y se establecía que la Asamblea era soberana, que ningún otro poder del estado podía supeditarla. El mandato para una Asamblea Constituyente Soberana FUE APROBADO EN LAS ELECCIONES, y asimismo fue ratificado en la Cumbre Social realizada en Santa Cruz el 15 de febrero, donde se resolvió apoyar la primera propuesta del MAS, la que incluía la participación indígena y campesina por usos y costumbres.

El propio presidente Evo Morales participó en dicha Cumbre, y planteó que era necesario vigilar para que el Parlamento apruebe a la brevedad la Asamblea Constituyente Soberana.

De esta manera las organizaciones indígenas, campesinos y populares solo tienen la opción de entrar a las listas del MAS. Pero ¿quién va a decidir si finalmente van a entrar o no a las listas del MAS? Pero, quién va a decidir si finalmente van a entrar o no a las listas del MAS? Solo las bases, las organizaciones campesinas originarias que han organizado y luchado por su instrumento político, ellas son las únicas que pueden garantizar que sus decisiones sean respetadas.

Ya no queda otra posibilidad inmediata, la tarea de los sectores populares es elegir democráticamente los candidatos en las asambleas regionales y de barrio y luego reclamar que esas decisiones sean respetadas. Las bases deben recuperar el control sobre el Instrumento Político, no deben permitir que la derecha pretenda manejar a los parlamentarios del MAS. De esa manera se hará respetar el mandato que el pueblo le ha dado a los que han salido elegidos.

Por qué NO a las autonomías departamentales?

Los departamentos y las provincias son el resultado histórico de un sistema de ocupación colonial del territorio, cuya continuidad es la república criolla. La organización en departamentos con sus mandos político-militares y policiales garantizaron la eliminación de los derechos a la tierra y el acceso a los recursos naturales de los pueblos originarios e indígenas, así como el control represivo del estado neocolonial sobre las poblaciones urbanas. ¿Se podrá derrotar el referéndum autonómico? El Congreso de la Federación Unica de Trabajadores Campesinos de Cochabamba ha aprobado el 8 de marzo que se siga adelante contra las autonomías departamentales y por la tierra y el territorio.

Pueblos indígenas exigen la devolución de sus territorios

Los pueblos indígenas y originarios junto a las organizaciones sociales de todo el país se han levantado y exigen la devolución de sus territorios. Eso significa, en términos legales y dentro de las actuales facultades de la Asamblea Constituyente, el reconocimiento de las entidades territoriales indígenas. Los departamentos deberían ser desmantelados en base a un nuevo diseño territorial que debemos lograr en la Asamblea Constituyente. Ese será un proceso paulatino y en su lugar se podrán organizar los territorios indígenas y originarios, mientras las ciudades pueden organizarse en regiones pluriculturales. Esa ha sido la conclusión que ha salido de la Cumbre Social realizada en Santa Cruz el día 15 al 17 de febrero: RECHAZO a las autonomías departamentales.

Ese proceso deberá surgir, en primer lugar, de una decisión a tomarse dentro de la Asamblea Constituyente que incluya dentro del ordenamiento territorial a las Entidades Territoriales Indígenas como instancias territoriales sub-nacionales, es decir, que están al mismo nivel o a nivel superior que los departamentos.

Luego, cada pueblo indígena y campesino originario, al igual que las poblaciones pluriculturales, tendrán el derecho a la autodeterminación, es decir, a decidir qué sistema prefieren seguir; si prefieren mantener los departamentos actuales o en cambio se inclinan por organizar nuevas regiones pluriculturales y entidades territoriales indígenas autónomos con derechos sobre la administración de sus recursos naturales.

 

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El "Conosur Ñawpaqman" es un periódico-revista Bilingüe (Quechua-Castellano), una herramienta de comunicación dirigida a las comunidades y organizaciones campesino-indígenas y originarias del país.

Se publica bimensualmente, desde hace 23 años, con noticias y análisis que acompañan al movimiento campesino y trabajadores de las ciudades en su lucha por la defensa de la tierra y el territorio, los recursos naturales y el fortalecimiento del saber campesino.

Actualmente junto a los movimientos sociales, acompaña la demanda nacional de una "Asamblea Constituyente Originaria y Soberana"

 

 

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