Acompañando las estrategias propias de manejo, control del territorio y los recursos naturales

 

Asamblea Legislativa Plurinacional iskay p´unchay, agosto killapi 2009 watapi, “Ley General de Derechos y Políticas  Lingüísticas” nisqata kamachin, kayqa ruwakuspa karqa recuperanapaq, amañarinapaq, yacharinapaq, kallpacharinapaq runa masiq parlayninta, mana chinkananpaq. Kay leyqa garantizan derechosninchikta, mayqen qallullatapis parlanata instituciones ukhupi, paykuna uyarinawanchiqta, parlanawanchiqta qallunchikpi.

Ukta willarisqaykichis, uk mama dirigente llaqtaman kachaykukusqa, yachaq imaynatá Personería Juridica urqhukun, ima requisitos tiyan.

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CONOZCAMOS ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA LEY 269:

  • Artículo 1. (OBJETO DE LA LEY). La presente Ley tiene por objeto:
  1. Reconocer, proteger, promover, difundir, desarrollar y regular los derechos lingüísticos individuales y colectivos de los habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia.
  2. Recuperar, vitalizar, revitalizar y desarrollar los idiomas oficiales en riesgo de extinción, estableciendo acciones para su uso en todas las instancias del Estado Plurinacional de Bolivia.
  • Artículo 9. (IDIOMAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN). Los idiomas oficiales en peligro de extinción deben recibir atención prioritaria en la planificación lingüística, educación intracultural intercultural plurilingüe, investigación y publicación de diversos tipos de textos por parte del Estado Plurinacional de Bolivia.
  • Artículo 12. (DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES).

I.   Los estudiantes de todos los subsistemas y niveles educativos tienen derecho a recibir una educación intracultural, intercultural y plurilingüe.

  • Artículo 19. (USO DE LOS IDIOMAS).

I. Toda persona, tiene derecho a recibir atención en su idioma, en toda gestión que realice, en cualquier repartición de la administración pública y entidades privadas de servicio público, de acuerdo al principio de territorialidad.

 

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